A- de 2023
Ponente Miguel Efrain Polo Rosero
✓Demandante Ese Hospital Universitario De Santander·Demandado Secretaria Seccional De Salud De Antioquia
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conflictos derivados de las devoluciones o glosas a las facturas entre entidades del Sistema General de Seguridad Social en Salud
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 33 Administrativo del Circuito de Medellín y la Superintendencia Nacional de Salud.
La controversia se originó por causa de demanda presentada ante la Superintendencia Seccional de Salud de Antioquia, por la E.S.E.
Hospital Universitario de Santander, en contra de la Secretaría Seccional de Salud de Antioquia, mediante la cual pretende el reconocimiento y pago de recobros por concepto de servicios de salud prestados a los usuarios de la entidad demandada.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena resuelve, tomando como referencia los Autos 2032 y 2714 de 2023 que, de conformidad con el artículo 116 de la Constitución y con el literal f) del artículo 41 de la Ley 1122 de 2007, la Superintendencia Nacional de Salud es la competente para conocer de controversias entre entidades que integran el Sistema General de Seguridad Social en Salud, que versen sobre devoluciones o glosas a las facturas correspondientes a la prestación de servicios médicos.
En virtud de lo decidido, la Corte dispone el envío del expediente a la Superintendencia Nacional de Salud para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados, incluyendo al Juzgado 33 Administrativo de Oralidad del Circuito de Medellín.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones suscitado entre la Superintendencia Nacional de Salud y el Juzgado 33 Administrativo de Oralidad del Circuito de Medellín, en el sentido de DECLARAR que la Superintendencia Nacional de Salud es la competente para conocer la demanda de devoluciones promovida por la E.S.E Hospital Universitario de Santander en contra de la Secretaría Seccional de Salud de Antioquia.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-4030 a la Superintendencia Nacional de Salud para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados, incluyendo al Juzgado 33 Administrativo de Oralidad del Circuito de Medellín.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.